Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados.
Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente.
Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los periodos de formación adecuadamente.
En el caso de revisión de “no apto”, el tribunal podrá revisar todas las exclusiones médicas y no solo la que originó la exclusión provisional.
La estatura se recogerá en cada convocatoria del proceso selectivo.
La tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica.
El IMC no sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Solo podrá ser >28 por desarrollo muscular marcado.
Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas.
Procesos endocrimetabólicos, procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias; procesos inmunoalérgicos de importancia; procesos reumáticos; tumores malignos y lesiones precancerosas, intoxicaciones crónicas. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción.
Dermatosis extensas y generalizadas o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante o que interfiera con las actividades policiales.
Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
Dermopatías contagiosas.
Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.
Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución.
Alteraciones de los maxilares y del aparato dentario en número que dificulte la masticación.
Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia.
Secuelas postquirúrgicas con trastornos.
Sialorrea y fístulas salivares permanentes.
Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física.
Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea. Hepatopatías agudas o crónicas, pancreatitis aguda o crónica, esplenectomía, trastornos funcionales digestivos.
Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, (excepto celiaquía).
Afecciones hematológicas que limiten las funciones policiales; anemias y leucopenias y trombocitopenias.
Trastornos de la hemostasia y coagulación y hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica. Inmunodeficiencias y alteraciones analíticas significativas en sangre.
Síndromes mieliproliferativos y mielodisplásicos; hemoblastosis; leucosis; linfomas y mielomas.
Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
Hipoacusias: pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz.
Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica. Anosmia y parosmia.
Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.
Perforaciones del tabique nasal (excepto las de origen traumático).
Enfermedad recurrente del oído medio y manifestaciones vertiginosas.
Sinusopatías comprobadas mediante radiología simple; disfonías permanentes. Disartria.
Afecciones del oído de importancia o que perturben la función auditiva por debajo de los mín. exigidos.
Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño.
Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica; ausencia anatómica o funcional de riñón; litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal; fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
Hidrocele o varicocele; prolapsos genitales; infecciones genitales; endometriosis; hipertrofia de mama. Varicosidades genitales. Fístulas rectovaginales y vesicovaginales.
Alteraciones analíticas significativas de la orina. Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano. Orquitis u orquiepididimitis.
Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria.
Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia.
Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nerviosos central o traumas.
Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales.
Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal (y en cirugía mín. 60 días antes del reconocimiento). No se admitirán lentes fáquicas.
Exoftalmos; glaucoma; dacriocistitis aguda y crónica.
Agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo.
Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica. Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal. No se admitirán discromatopsias (tablas de Ishihara).
Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitrorretiniana.
Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo. Escleritis y epiescleritis.
Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo.
Uveítis. Iridociclitis.
Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares.
Dismetrías de miembros superiores a 2 centímetros.
Pérdida total o parcial de una extremidad.
Procesos patológicos en fase aguda en el momento del reconocimiento.
Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca. La mano dominante debe estar integra anatómica y funcionalmente.
Desviaciones de la columna vertebral comprobadas mediante técnicas de imagen, con cifosis superior a 45º, escoliosis con ángulo de Cobb superior a 15º, hiperlordosis con eje sacro formando con el eje horizontal un ángulo inferior a 45º.
Intervenciones quirúrgicas que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas aquellas realizadas sobre el aparato locomotor en los 90 días previos a la fecha de reconocimiento médico.
Presencia de material de osteosíntesis que altere la línea articular o que implique riesgo en el ejercicio de las funciones policiales, así como cualquier tipo de cirugía estabilizadora de la columna vertebral.
Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco.
Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º o con repercusión articular.
Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada.
Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o secuelas de las mismas.
Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica.
Cardiopatía isquémica; insuficiencia cardiaca de cualquier etiología; miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas.
Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares, enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica; arteriopatías periféricas; secuelas postflebíticas o varices significativas. Linfedemas importantes.
Antecedentes del síncope recidivante y enfermedades vasculares.
Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y secuelas.
Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.
Enfermedades del mediastino; de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales. Y anomalías y disfunción diafragmática.
Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente.